Los requisitos varían en función del tipo de ayuda a la contratación a la que vaya a acceder.
Existen dos líneas de ayuda:
A nivel Estatal
- Bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social. Pincha aquí para más información.
- Tesorería de la Seguridad Social o llamando al 060.
- Transformación en indefinidos de contratos temporales
- Contrato para la formación y el aprendizaje
- "La Caixa" Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ)
Transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje y Contratos celebrados por empresas usuarias con trabajadores procedentes de ETT con contratos para la formación y el aprendizaje.
- Incentivos: Las empresas que, a la finalización de su duración inicial o prorrogada, transformen en contratos indefinidos los contratos para la formación y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una deducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año. Estas deducciones consistirán en una bonificación.
- Duración: 3 años.
Consiste en una bonificación cuando la contratación se produzca con trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
- Incentivos:
- Plantilla inferior a 250 trabajadores: Reducción 100% totalidad de la aportación empresarial y de la aportación del trabajador.
- Plantilla igual o superior a 250 trabajadores: Reducción 75% de la totalidad de la aportación empresarial y 100% de la totalidad de la aportación del trabajador.
- Duración: todo el contrato.
Pincha aquí para más información.
En ”la Caixa” Empleo Joven ofrecemos ayudas directas a empresas que contratan personas jóvenes de entre 16 y 29 años cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Fundación Bancaria ”la Caixa”.
- Prioridad de Inversión 8.2: Integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes, en particular de aquellas que no se encuentran empleadas, ni participan en actividades de educación y formación, así como de las personas en riesgo de exclusión, a través de la aplicación de la Garantía Juvenil.
- Objetivo Específico 8.2.4: “Aumentar la contratación de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos”.
A nivel Autonómico
- Subvenciones para el fomento del empleo.
- Gerencia Provincial Servicio Público de Empleo o llamando al 012.
- Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de programas de fomento de su empleabilidad, para menores y jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que tengan o hayan tenido expedientes de protección o reforma y/o se encuentren en situación especial de exclusión social, en Castilla y León (2021)
- Subvenciones, cofinanciadas por la iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, para el fomento de empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (2020)
- Subvenciones, cofinanciadas el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (2020).
Cerrada
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- Beneficiarios de la subvención:
- Federaciones, Fundaciones y Asociaciones o Entidades del Tercer Sector de Acción Social que estén comprendidas en el concepto establecido en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, y cumplan los requisitos.
- Cuantía: La determinación de la cuantía exacta de la subvención correspondiente a cada beneficiario se realizará en función de la valoración obtenida según los criterios establecidos en la convocatoria.
- El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León (hasta 12/04/2021).
Cerrada
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- Beneficiarios de la subvención:
- Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles; que cumplan los requisitos.
- Cuantía general: 8.000 €
- Incremento: 500 €, si se contrata a una mujer.
Cerrada
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- Beneficiarios de la subvención:
- Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos
- Inicio de actividad económica: 5.500 €.
- Contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica: max. de 3.000 €.
- Cursos de formación: max. 2.000 €.
Las dos líneas de ayudas son compatibles entre sí aunque los requisitos de las mismas pueden no ser exactamente iguales.